COSTA RICA (Marzo 24 de 2023). La Dirección Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto atendió este jueves una reunión virtual con el Grupo Interno de Trabajo de Nacionalidad, de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, para intercambiar experiencias en materia de apatridia.
Durante el encuentro los equipos de ambas Cancillerías abordaron diversos aspectos de interés relacionados con el procedimiento para la declaratoria de la condición de persona apátrida, compartiendo las mejores prácticas en este campo.
En el caso de Costa Rica, la incorporación a la normativa nacional de la Convención sobre el Estatuto los Apátridas se concretó con la Ley No. 6079 (1977), en virtud de la cual se aprobaron las Convenciones sobre Refugiados y Apátridas.
Esa aprobación convirtió a Costa Rica en uno de los primeros países de América, junto con Argentina y Ecuador, en ratificar este instrumento, iniciando así una ruta de acción progresiva tendiente al abordaje integral de esta condición, como un acto declarativo, humanitario y apolítico apegado a los principios del debido proceso, e incorporando la valoración psicosocial.
Por su parte, Colombia está en proceso de reglamentar el procedimiento tendiente al reconocimiento de la condición de persona apátrida, con ocasión a la adhesión de la mencionada Convención y en desarrollo de la Política Integral Migratoria Colombiana regulada en la Ley 2136, expedida el 4 de agosto de 2021, en la cual se dispuso la competencia para el reconocimiento de la condición de persona apátrida.
“Ya que la apatridia puede surgir en una variedad de contextos y por múltiples factores, el Estado costarricense se ha dotado de mecanismos normativos e institucionales para brindar el abordaje más adecuado, dirigidos a facilitar la inscripción de nacimientos de personas que tienen derecho a la nacionalidad costarricense, así como el acceso, cuando corresponda, al procedimiento de determinación de la condición de persona apátrida”, detalló la directora jurídica de la Cancillería costarricense, Natalia Córdoba.
En este camino, Costa Rica se convirtió en el primer país latinoamericano en contar con legislación sobre la determinación de esta condición y en concretar el trámite del otorgamiento de nacionalidad a las personas apátridas así declaradas.
Mejora en el trámite. Recientemente, y atendiendo compromiso país asumidos en 2019 en el Segmento de Alto Nivel sobre Apatridia celebrado en Ginebra, la Dirección Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto logró disminuir los tiempos de resolución al pasar de uno a dos años a tan solo seis meses.
“El Estado costarricense se había comprometido con acortar los plazos (…) Se procedió a reformar el Reglamento para hacer el trámite más expedito y eso cambios fueron publicados en el 2022”, explicó la directora Córdoba.
Estos casos pasaron de tener 109 solicitudes en el 2019 a 145 el año pasado y para marzo del 2023 se contabilizaban 34 solicitudes.
Aunque la cantidad de casos va en crecimiento, el trabajo para mejorar el plazo de resolución ha dado resultados y de 57 resoluciones en el 2019 se pasó a 80 en el 2022. Para febrero pasado ya se contaban 21.
“Se agilizó el proceso porque ahora se resuelven muchos expedientes defectuosos desde la entrevista. Además, hemos desarrollado campañas de divulgación, concientización y establecimos una metodología de intervención comunitaria en cantones fronterizos y de alta pobreza”, detalló Córdoba.
La entrevista a la persona solicitante de condición de apatridia ahora tiene un enfoque biopsicosocial y es conducida por un profesional de trabajo social o de sicología, esto genera un criterio más acertado.
Córdoba explicó que el MREC es la única institución a cargo de los procesos de apatridia, una situación que es más común de lo que se cree producto de la migración irregular.
Fuente: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO DE COSTA RICA
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