- Esta exoneración es parte de los beneficios que obtienen las empresas de industria, comercio y servicios con el Registro PYME ante el MEIC.
- El trámite es gratuito y puede realizarse en línea por medio del sitio Web https://www.siec.go.cr o de manera presencial únicamente en las oficinas centrales del MEIC.
- Posterior al 02 de diciembre se recibirán solicitudes de registro, sin embargo, no serán sujetas a la exoneración del impuesto a las personas jurídicas para el período 2023.
COSTA RICA (Noviembre 17 de 2022). Si una micro o pequeña empresa desea registrarse como pyme ante el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), para optar por la exoneración del impuesto de sociedades jurídicas, es importante que tome en cuenta que las solicitudes se recibirán hasta el 02 de diciembre del 2022.
Esta acción se realiza, según lo dispuesto en la Ley 9428 “Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas” en el artículo N°16 y su Reglamento, que beneficia con la exoneración del impuesto a los contribuyentes que se encuentren realizando actividades productivas, clasificadas como micro y pequeñas empresas de los sectores de industria, comercio y servicios e inscritas ante el MEIC y la Dirección General de Tributación.
Además, aplica para el sector de pequeños y medianos productores agropecuarios registrados en el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) y que estén debidamente inscritos como contribuyentes ante la Dirección General de Tributación, del Ministerio de Hacienda, quien es administrador y fiscalizador de este impuesto.
Es importante destacar que posterior a esta fecha, se continuarán recibiendo solicitudes de registro, pero no serán consideradas en el listado que se envía al Ministerio de Hacienda para la exoneración del impuesto a las personas jurídicas para el 2023, sino para el siguiente periodo.
Asimismo, las empresas que ya cuentan con la condición pyme aprobada en el 2022 y presenten los documentos para renovar, al tener el beneficio de la Ley N° 9428 para el año 2023, no se tramitará el registro presentado.
Proceso del Registro PYME
Para la inscripción pyme en el Sistema de Información Empresarial Costarricense (SIEC), puede realizar el registro únicamente con el Formulario de Inscripción o el de renovación pyme, el cual constituye una declaración jurada, por lo que no es necesario adjuntar dos de los tres documentos que actualmente se solicitan en el sistema de requisitos, como el pago de cargas sociales, el cumplimiento de obligaciones tributarias o laborales.
Posteriormente, le corresponderá a la Dirección General Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa (DIGEPYME), verificar la información consignada en la declaración jurada, como parte del proceso de simplificación de trámites en cumplimiento de la Directriz Presidencial Directriz N° 004-MP-MEIC “Le dejamos trabajar” y el Decreto Ejecutivo N° 43665-MP-MEIC “Celeridad en los trámites administrativos en el sector público costarricense.
Para realizar dicha solicitud, debe registrarse como usuario en https://www.siec.go.cr y descargar el formulario, que funciona como declaración jurada. En el proceso de registro el sistema le solicitará que adjunte los comprobantes de los requisitos adicionales, para lo cual deberá añadir un documento en blanco, caso contrario el sistema no le dejará continuar.
Una vez que el usuario suba la información al sistema, será analizada y en caso de que la documentación esté completa, el sistema remitirá un correo electrónico que indicará que la solicitud ha recibido su trámite. Si se presenta algún inconveniente en la inscripción, tendrá 10 días hábiles adicionales para corregir.
Si el usuario requiere una renovación del registro, debe realizar el mismo proceso utilizando el formulario de renovación pyme.
Este trámite también puede realizarse de manera presencial únicamente en las oficinas centrales del MEIC, ubicadas, 400 metros al este de Grupo Nación en Llorente de Tibás.
Las empresas que cuentan con la condición pyme no solo podrán optar por la exoneración del impuesto de sociedades jurídicas, sino también podrán contar con beneficios derivados de la Ley 8262 “Ley de Fortalecimiento a las Pymes”, como servicios de desarrollo empresarial, Permiso Sanitario de Funcionamiento (PSF) a microempresas con una tarifa única de $20, participación como proveedor del Estado, entre otros.
El registro tiene una vigencia de 24 meses, es un trámite gratuito y voluntario.
Para consultas puede escribir a siec@meic.go.cr.
Related Post
Entradas recientes
- BCP Global Lanza Portafolios de iBonds Utilizando los iShares iBonds™ de BlackRock 9 abril, 2024
- La Iglesia Shincheonji celebra 40 años de historia sin detenerse 21 marzo, 2024
- La Resolución de Conflictos Internacionales y la Institucionalización de la Paz Discutidas en la 8va Conmemoración Anual de la Declaración de Paz y Cese de la Guerra de HWPL 20 marzo, 2024
- 2RMD ofrece uno de los mejores doctores de trasplante capilar en Colombia 11 marzo, 2024
- Corea del Sur concede a Lleida.net su sexta patente en el país 4 marzo, 2024